La respuesta al recurso contra la Ley 24/2015 no puede ser
otra que activar medidas inmediatas por parte de todas las
administraciones
El pasado viernes 29 de abril, el Gobierno del PP anunció que interpone un recurso con suspensión cautelar ante el Tribunal Constitucional contra la Ley 24/2015.
El recurso impugna y pide la suspensión de los artículos relativos al
mecanismo de segunda oportunidad (2, 3 y 4), del artículo que regula el
alquiler social obligatorio por parte de los grandes propietarios (5) y
la cesión obligatoria de pisos vacíos en el administración (artículo 7),
así como las sanciones por la no aplicación de la ley y la cesión de
créditos litigiosos (DT 2ª, DF 3ª, DA). Continúan vigentes los artículos
que hacen referencia a la obligatoriedad de la Administración a un
realojo adecuado y las ayudas al pago del alquiler en casos de pequeños
tenedores de vivienda para evitar los desahucios. La presión en la calle
ha conseguido salvar todas medidas que hacen referencia a la pobreza
energética (artículo 6).
